La concejalía de Impulso y Desarrollo Urbano ha elaborado un Plan de Inspección y Actuación en materia de Disciplina Urbanística

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LA LÍNEA. La concejalía de Impulso y Desarrollo Urbano ha realizado un Plan de Inspección y Actuación en materia de Disciplina Urbanística, a través del que se articulará todo el procedimiento de inspección urbanística a que está obligado por las leyes autonómicas.
El documento ya está elaborado y se encuentra en fase de informe por parte de la Secretaría General y pendiente de aprobación por el órgano competente.

Desde la delegación de la que es responsable el concejal Juan Carlos Valenzuela se pretende organizar de forma sistémática la labor que lleva implícita la potestad de vigilancia del Ayuntamiento en materia de disciplina urbanística. La duración del plan es de dos años, contados desde su aprobación municipal, constituyéndose como un instrumento básico en el diseño de la planificación necesaria por el que se distribuirán ámbitos de aplicación, objetivos, procedimientos, medios, periodo de ejecución y fines a conseguir en materia de Disciplina Urbanística para dar cumplimiento a las competencias que preceptivamente la normativa atribuye a la administración local.
En cuanto al ámbito de actuación municipal, el Ayuntamiento es competente para enfrentar cualquier actuación urbanística que, presuntamente, pueda constituir una infracción, según se recoge en el título VII de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), dentro del límite completo de su término municipal.

Por todo ello, si bien se incluirán en el plan medidas dirigidas al ámbito competencial general que la LOUA atribuye al municipio, se priorizarán aquellas infracciones que puedan ser entendidas como muy graves por los perjuicios que puedan producir en relación con la ejecución del planeamiento, las que por su carácter puedan implicar riesgo en las cosas o en las personas, aquellas que generen alarma social y cualquier otra que la Corporación considere conveniente.

El plan trata de sistematizar la labor fiscalizadora inherente a la propia competencia municipal en el ámbito de la disciplina urbanística, con el fin de que ésta no represente una actividad caótica que repercutiría en un uso poco apropiado de los medios humanos y materiales de la delegación de Impulso y Desarrollo Urbano responsable del área de Disciplina Urbanística.

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